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Nota informativa

El CADECA despide el año judicial con la celebración de una sesión plenaria

Reunión de las Comisiones de Relaciones con la Administración de Justicia del Consejo Andaluz y de los Colegios de Abogados de Andalucía

Comunicado

Salvador González Martín, presidente de Abogacía Española.

El Consejo Andaluz de Colegios de Abogados manifiesta su malestar por la no inclusión de profesionales de la abogacía entre los vocales del Consejo General de Poder Judicial.

LOS ABOGADOS, AUTÓNOMOS Y MUTUALISTAS, INCLUIDOS EN PLAN DE AYUDAS DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA CONFORME A LO SOLICITADO POR EL CONSEJO ANDALUZ DE COLEGIOS DE ABOGADOS.

1. En la Nota del pasado 6 de abril este Consejo Andaluz informaba de la solicitud formulada a la Junta de Andalucía de un Plan de Apoyo y Financiación para mutualistas y autónomos en el que se contemplasen medidas destinadas a dotar de liquidez a empresas y trabajadores por cuenta propia al que se pudieran acoger los abogados andaluces.

2. El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía ha aprobado el Decreto-Ley 9/2020, de 15 de abril, por el que se establecen medidas urgentes complementarias en el ámbito económico y social como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19), en el que se contempla una medida excepcional de pago único de 300 euros para los autónomos y trabajadores por cuenta propia, para cubrir los gastos a los que el colectivo sigue haciendo frente. Entre los beneficiarios de esta ayuda se encuentran incluidos expresamente los mutualistas, como este Consejo Andaluz había reclamado, y, entre ellos, específicamente los abogados.

3. En cuanto al tipo de ayuda, se trata de un abono de 300 euros a la persona beneficiaria, en un único pago, que se podrá solicitar desde el día 17 de abril hasta el límite de los quince días después de que se declare finalizado el estado de alarma o hasta el límite de la consignación presupuestaria, en régimen de concurrencia competitiva hasta agotar el presupuesto.

4. Entre los requisitos se encuentran la condición de trabajador por cuenta propia o autónomo con domicilio fiscal en Andalucía, la afiliación al RETA por cuenta propia o autónomo, o en la mutualidad alternativa correspondiente, tener unos ingresos anuales inferiores al triple del SMI y no haberse acogido a la prestación extraordinaria por cese de actividad del RDL de 29 de marzo.

5. El resto de trámites y demás requisitos para la solicitud se consignan en el Decreto Ley aprobado en el Consejo de Gobierno de 15 de abril,  publicado en el BOJA de 16 de abril de 2020.

6. Desde el Consejo Andaluz de Colegios de Abogados celebramos y agradecemos que el gobierno de la Junta de Andalucía haya prestado atención a nuestras legítimas reivindicaciones.

Acceso al BOJA.